Resolución de 18 de abril de 2024, de la Fundación General de la UCM, por la que se convocan dos tipos de becas, becas de matrícula y becas de alojamiento y manutención, para la asistencia a las actividades académicas organizadas por la Fundación General de la UCM en el marco de los Cursos de Verano Complutense de San Lorenzo de El Escorial durante el mes de julio de 2024.
Se convocan en régimen de concurrencia competitiva dos tipos de becas, becas de matrícula y becas de alojamiento y manutención.
El procedimiento de adjudicación de dichas becas, recogido en el apartado sexto de la presente resolución, se regirá por los criterios de igualdad, mérito y capacidad.
Las becas están destinadas a distintos colectivos, entre los que se encuentran estudiantes de grado, posgrado y egresados, estudiantes de otros niveles educativos, así como colectivos en situación de desempleo, jubilados o público en general para la asistencia a las actividades académicas organizadas por la Fundación General de la UCM en San Lorenzo de El Escorial durante el mes de julio de 2024 recogidas en el anexo I.
Las personas beneficiarias deberán aportar la documentación que acredite los requisitos solicitados en la presente convocatoria.
Con carácter general podrán solicitar estas ayudas quienes reúnan los siguientes requisitos:
B.1) Tener matrícula formalizada en el curso académico 2023/2024 en estudios oficiales para la obtención de un título de Grado, Máster o Doctorado en la UCM o en otra Universidad española, o dentro del Espacio Europeo de Educación Superior (EEES), o en programas equivalentes según la normativa vigente.
B.2) Haber finalizado cualquiera de los estudios oficiales enumerados en el punto anterior con posterioridad al 31 de diciembre de 2020.
B.3) Cualquier graduado o titulado universitario con anterioridad a 2020.
No podrán ser beneficiarios de las becas y, por tanto, será causa de exclusión: (i) los trabajadores de la Fundación General de la UCM vinculados a la organización de los Cursos de Verano; (ii) los familiares de primer grado por consanguinidad o afinidad de cualquiera de los miembros de la comisión académica encargada de otorgar las becas.
Las becas, en cualquiera de sus modalidades, implicarán la exención del abono de determinadas cuantías por los servicios académicos relacionados con los Cursos de Verano, por lo que en ningún caso se producirán abonos directos por parte de la Fundación General de la UCM. Es importante tener en cuenta que la concesión de las becas no exime de la obligación de abonar los gastos de secretaría correspondientes a la formalización de su expediente.
Las cuantías de cada una de las becas se presentan en el anexo I.
Los plazos de presentación de las solicitudes se computarán desde el día siguiente a su publicación en la WEB de la FGUCM y hasta el 28 de junio de 2024.
Se constituye como órgano de concesión de becas a la Comisión Académica de la Fundación General de la UCM. Dicha comisión estará compuesta por:
Este órgano de concesión de becas establecerá el procedimiento que considere oportuno teniendo en cuenta los siguientes criterios generales de adjudicación:
En cualquier caso, se tendrán en cuenta los criterios de proporcionalidad y pertinencia entre los diferentes colectivos y las diferentes áreas de conocimiento.
En el caso de talleres de los cursos de verano y otras condiciones excepcionales la comisión académica motivará la inclusión de criterios adicionales en la convocatoria.
Las resoluciones del órgano de concesión serán publicadas en la página web de la FGUCM.
Los beneficiarios de las ayudas concedidas están obligados a asistir y participar activamente en las actividades académicas para las cuales se les ha otorgado una beca. Se requiere asistir, como mínimo, al 80% de las sesiones programadas, o al 70% en caso de faltas justificadas por motivos médicos o laborales. Se entenderán debidamente justificadas las faltas de asistencia por motivos médicos o laborales, siempre que se adjunte el correspondiente justificante médico o de empresa.
El incumplimiento de estas obligaciones resultará en la revocación de la beca, lo que conllevará la pérdida del beneficio de exención de pagos que se otorga mediante la beca y su consecuente reintegro.
INFORMACIÓN BÁSICA SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS | |
Responsable del fichero | La Fundación General de la UCM es responsable del fichero |
Finalidades | Gestión y tramitación de las becas y ayudas al estudio convocadas por la FGUCM, organismos públicos y otras entidades, incluyendo, en su caso, el envío posterior de información sobre actividades formativas de la FGUCM. |
Legitimación | Contrato del que usted forma parte y Consentimiento |
Destinatarios | No se cederán sus datos de carácter personal, salvo obligación legal. |
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